Si usted es extranjero y se encuentra viviendo o trabajando en Chile debe tener o por el contrario gestionar el Certificado de Permanencia Definitiva.
- Este documento es muy importante para que usted permanezca e incluso pueda salir del país en un plazo no mayor a un año, y aún con su Visa.
- Así como también le permite desarrollar y/o ejercer actividades dentro del marco de lo legalmente establecido en Chile, además de ser uno de los requisitos fundamentales para luego tramitar el Certificado de Residencia de Extranjeros.
- Otro de los beneficios al tener este certificado de permanencia definitiva es que una vez emitido, inicia el proceso para obtener la cédula de identidad para extranjeros, por lo que será llamado desde las oficinas del Registro Civil e Identificación para entregársela, una vez esté lista.
- Entre otros usos, este documento viene a sustituir en algunos casos, la Visa de Residencia, ya que con el certificado de permanencia definitiva, al igual que dicha visa, puede demostrar que usted se encuentra viviendo y trabajando en Chile de forma legal.
Permanencia Definitiva antes de 1960
Si es su caso, que obtuvo el beneficio de permanencia antes de 1960, es fundamental que solicite de forma online, el Decreto en el cual se establece el otorgamiento de la misma. Este último documento lo puede descargar ingresando al sistema de la Policía Internacional de Investigaciones de Chile.
Indiferentemente del año, siempre y cuando consignen en formato digital y en PDF los recaudos, según sea su caso, el Certificado de Permanencia Definitiva es el aval de que su beneficio de residencia en Chile aún está vigente, que no ha caducado, por lo que será positivo tener las copias consigo.
Vigencia de los certificados
Todos los certificados, sean emitidos antes o después de enero de 2019, una vez solicitados y descargados tienen una duración de 30 días hábiles, para aquel que no haya transcurrido más de un año continuo fuera del país, o peor aún la residencia le haya sido revocada por autoridades del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública por haber cometido un delito, en cualquiera de su naturaleza.
Sobre las prórrogas
Este tipo de documento de uso personal, solo admitido para los extranjeros, puede ser prorrogable hasta cuatro veces, exactamente 60 días o dos meses antes de que el extranjero por cualquier causa o motivo tuvo que salir del país y está próximo a cumplir un año fuera de él.
Es decir, solo en el plazo de 60 días, antes de cumplir un año fuera del territorio chileno, el extranjero puedo solicitar prórrogas de su documento para poder volver a entrar a la nación.
Cabe destacar que es el Departamento de Extranjería y Migración, es el organismo encargado de recibir, tramitar y aceptar este tipo de solicitud siempre y cuando cumpla con los recaudos y normas indicadas, para hacer el trámite electrónico usted necesitará su Clave Única.
Policía de Investigaciones de Chile (PDI)
El Certificado de Permanencia Definitiva, una vez emitido, es registrado en el sistema interno de la Policía de Investigaciones de Chile (PDI) órgano encargado entre sus funciones, también de controlar el ingreso y salida de personas del territorio nacional, así como fiscalizar la permanencia de extranjeros en el país.
Por lo que todo extranjero queda sujeto a las normativas tanta de esta institución de seguridad como de cualquier otra del Estado.
Igualmente, a través de las oficinas de la PDI más cercanas a su comuna pueden gestionar otros documentos relacionados a la permanencia definitiva, tan solo suministrando una serie de datos personales. Actualmente, y debido a la cuarentena por la pandemia de la Covid-19 estas oficinas atienden solo de forma virtual.
Duplicado del certificado
Siempre que siga vigente, y en caso de ser necesario, porque lo haya extraviado o deteriorado puede descargar el certificado de Permanencia Definitiva, con su Clave Única al ingresar sus datos al final del articulo, pero solo si lo hizo a partir del 1 ° de enero de 2019.
Si su trámite procedió luego de esa fecha complete los pasos que se indican en el siguiente enlace: